CONFIGURACIÓN POLÍTICA
El Sistema Constitucional Italiano:
La constitución italiana que entró en vigor el 1° de enero de 1948 configura al país como una república democrática en la que
la soberanía pertenece al pueblo, y consagra los derechos individuales y las libertades de reunión y asociación. El
funcionamiento del sistema político italiano es semejante al del resto de las democracias de la Europa occidental.
La constitución configura un régimen político parlamentario, con división de poderes. El parlamento está compuesto por una
Cámara de Diputados y un Senado, cuyos integrantes son elegidos por sufragio universal directo y representación corporal. El
Senado se elige a partir de circunscripciones regionales, aunque en la práctica se diluye considerablemente su carácter de
representación territorial. La mayoría de edad política son los 18 años, pero solo pueden votar por los senadores los
ciudadanos mayores de 25 años. Una pequeña parte de los senadores son vitalicios. El Presidente de la República es elegido
por un período de 7 años en sesión conjunta de las dos cámaras. Ostenta la representación del estado y nombra al presidente
del consejo de ministros, que requiere la aprobación parlamentaria. El Presidente de la República no puede ser destituido por
el parlamento, pero si el presidente del consejo de ministros que ostenta el poder ejecutivo.
División Administrativa:
Italia está dividida en veinte regiones administrativas, las cuales se corresponden, existen cinco regiones que son las que
poseen mayor autonomía y son; Valle de Aosta (capital Aosta), Trentino - Alto Adigio (Trento) y Friuli - Venecia Julia
(Triestre) en el norte del país, y las grandes islas de Cerdeña (Cagliari) y Sicilia (Palermo).