Rotary International

cruz01.gif (25594 bytes)

Volver al menú principal 

Volver a más información

OFICIO AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Ciudadano
Hugo Rafael Chávez Frías
Presidente de la República
Palacio de Miraflores

Su Despacho.-

Distinguido Señor Presidente:

Tengo el agrado de dirigirme a usted, en la oportunidad de manifestarle que, en fecha 23 de diciembre de 1998, mediante oficio Nº DFGR-DGSSJ-98-44654, envié al Dr. Rafael Caldera Rodriguez, Presidente de la República para la fecha, documentación consignada en esta Institución por miembros del Rotary Club Caracas, la Fundación Amor en Acción y la Fundación Buen Trato al Niño, entre otros, donde se formulaban una serie de planteamientos, con motivo de la problemática que la inhalación de sustancias como el TOLUENO y el CICLOHEXANO, presentes en los pegamentos de contacto, está generando a las personas que tienen contacto con ellos, y citan como principales afectados, `por está situación, a los "niños de la calle" y las personas que prestan sus servicios en las industrias que tienen relación directa con este tipo de producto.

El interés que usted ha demostrado en la imperiosa necesidad de rescatar a miles de niños venezolanos que se encuentran en las calles, me motivaron a ratificar el contenido del referido oficio, el cual es del siguiente tenor:

  • "...Tengo el honor de dirigirme a usted, en la oportunidad de remitirle documentación consignada en esta Institución, entre otras, por miembros del Rotary Club Caracas, por la Fundación Amor en Acción, por la Fundación Buen Trato al Niño, etc.. Mediante la misma, se formulan una serie de planteamientos, con motivo de la problemática que la inhalación de sustancias como el TOLUENO y el CICLOHEXANO, presentes en los pegamentos de contacto, está generando a las personas que tienen contacto con ellos, y citan como principales afectados, por esta situación, a los "niños de la calle" y las personas que prestan sus servicios a las industrias que tienen relación directa con este tipo de producto..."/"...Según información suministrada por estas personas, estudios realizados al respecto, han permitido clasificar las consecuencias de su inhalación, de la forma siguiente:..."/"...CONSECUENCIAS DE TIPO FISIOLOGICO: las cuales son de carácter irreversible y se ocasionan por su inhalación continua. Pueden resumirse en: perdida de la memoria a corto plazo, deterioro progresivo del sistema nervioso central, espasmos y ataxia, disminución de la actividad cognoscitiva, insuficiencia respiratoria (riesgo de neumonías químicas hemorrágicas), atrofia cerebral y cerebelosa, daño medular y óseo (leucemia), neuropatía óptica, pérdida o disminución del sentido del olfato, dermatitis, daño renal y hepático, euforia, delirio, coma y muerte..."/"...Estas consecuencias tendrían el agravante de que, independientemente de que se pueda llegar a controlar la adicción o el consumo, el daño continúa inexorablemente su camino, sin que nadie pueda llegar a detenerlo, pues el cuerpo humano, como mecanismo de defensa, fija el tolueno en los lípidos del cerebro y en los lípidos del cuerpo a fin de mantener su presencia en el cuerpo, dosificando y liberando las sustancias diariamente, continuando de esa manera, el daño irreversible, por tiempo indefinido..."/"...CONSECUENCIAS DE TIPO PSICOSOCIAL: en relación con estás, se ha afirmado que la situación de los "niños de huelepega", en nada contribuye con la formación y mantenimiento de la familia; que tales sustancias, cada día son más usadas por personas inescrupulosas con la idea de inducir a los menores en la prostitución, a la comisión de delitos y a la violencia; y, por último, que su consumo es común también entre delincuentes adultos para infundirse valor antes de cometer actos severos de violencia..."/"...Ante la grave situación generada por la inhalación de estos pegamentos, dadas las consecuencias citadas y el fácil acceso a los mismos, estas personas consideran que nos encontramos ante un grave problema de salud pública y que, por tanto, es inminente que se realice un control estricto sobre su producción y distribución..."/"...En virtud de lo expuesto, proponen un proyecto de Decreto Presidencial que adjuntan a su escrito, mediante el cual se pretende regular el control de los productos inhalables en cuya producción química, se encuentren presentes los compuestos: tolueno y ciclohexano, puros o en mezcla, en forma conjunta o separada, así como cualquier otro compuesto, sustancia, fórmula, solvente orgánico de la misma familia química..."/"...Realizada tal propuesta, solicitan la intervención del Ministerio Público, para que exija de los organismos competentes, como lo son el ministerio de Sanidad y Asistencia Social y el Ministerio de Industria y Comercio, la debida regulación de la fabricación de dichos productos, para que de esta manera se exija la incorporación del aceite del grano de mostaza en la formulación de las pegas o cementos de contactos, y el control de la distribución del producto terminado..."/"...Recibida la documentación en referencia, fue debidamente analizada, producto de lo cual, dada la complejidad de la problemática planteada, se consideró necesario abordar algunas ideas que de seguida se reproducen..."/"...Uno de los sectores afectados por estas sustancias es el de los trabajadores que se ven obligados a mantener contacto directo y permanente con ellas..."/"...En este sentido, si bien es cierto que los trabajadores se ven expuestos a las consecuencias que genera la inhalación de este tipo de sustancias, no podemos pasar por alto, que tal situación ya ha sido objeto de regulación en nuestra legislación laboral. En efecto, el ambiente, condiciones y cuidados que deben observarse en el cumplimiento de particulares labores, ya ha sido objeto de regulación, prueba de lo cual, lo constituyen los artículos 236, 237, 246, 247, 249, 253 y 273 de la Ley Orgánica del Trabajo, referidos a la protección del trabajador en general y del menor sujeto de una relación laboral, normas que se reproducen como anexo "A" de la presente comunicación, así como el propio texto de la Ley Orgánica de prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y del reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo y Otras Normas Laborales..."/"...En razón de lo expuesto, se evidencia que no se esta ante un problema de falta de normas, y en tal sentido, lo que se impondría sería el exigir el cumplimiento de las mismas, con lo cual la problemática objeto de tratamiento, queda circunscrita al problema de los "niños huelepega"..."/"...La primera de ellas, estaría dirigida a atacar el asunto desde su raíz, esto es, su producción, lo cual se llevaría a cabo adicionando a su elaboración, los componentes necesarios para evitar que el producto carezca de interés para la persona que los busca con el objeto de su inhalación..."/"...De acuerdo con la documentación suministrada, esto ha sido logrado en diferentes países, bien por la vía de adicionar agua como solvente, lo que permite que el producto se torne indiferente para el menor, o bien por la vía de adicionar el aceite extraído del grano de la mostaza, que ejerce el efecto de disuadir el consumidor adictivo, por generar repelencia como consecuencia del olor expedido por el producto..."/"...Una segunda forma, no estaría orientada a cambiar las características del producto, sino que buscaría crear mecanismos estrictos de control sobre su distribución, con la finalidad de evitar que el mismo llegue a manos del menor se busca proteger y de alertar a cualquier persona que necesariamente tenga contacto con el mismo, de los peligros que la forma en que se realice su uso, conlleva..."/"...Los peticionantes han propuesto, como solución, la conjunción de ambas alternativas, adicionando el aceite extraído del grano de mostaza, en su producción y estableciendo normas que tienen por objeto controlar de forma eficaz su distribución, lo que en nuestro concepto es contradictorio..."/"...A mi modo de ver, ambas formas de enfrentar el problema, tienen sus beneficios y sus inconvenientes..."/"...Si la disposición es de atacar el problema de la primera forma planteada, se erradicaría a fondo y no habría, en consecuencia, a nuestro juicio, razón de ser para el ejercicio de un control estricto sobre su distribución, dado que el producto dejaría de ser atractivo para quien lo busca con finalidades distintas a aquellas para las cuales ha sido creado..."/"...Visto de esta manera, pareciera ser ésta la solución ideal. Sin embargo, no resulta tan sencilla su implementación..."/"...Aún cuando las consecuencias del contacto con estos pegamentos resulta nefasta, como se ha podido percibir, no se puede analizar la problemática abstraída de otra realidad. Nos encontramos frente a una industria establecida, donde confluyen empresarios, pero también trabajadores que dependen económicamente de ella. Cambiar o alterar su forma de producción en forma abrupta, acarreará, de forma inmediata, un incremento en los costos, que no sabemos si pueda ser asumido por el empresario..."/"...En este sentido, es importante referir un extracto contenido en la documentación anexa, que se refiere a este aspecto: "...En Costa Rica, Inglaterra, Suiza y otros países de la Comunidad Europea y Asiáticos se han instrumentado ensayos para atacar tanto el problema de los niños inhaladores, como el riesgo ocupacional y la contaminación ambiental. Estos países cuentan con pegas de alta calidad que usan agua como solvente, que conservan su capacidad adhesiva, pero que incrementaron los costos de producción hasta tres puntos por la necesidad de cambiar los equipos de la industria..."/"...En virtud de lo expuesto, de ser esta la solución a adoptarse, no debería implementarse de la noche a la mañana, pues un cambio de tal naturaleza podría llevar a la paralización de esta industria, así como de otras actividades íntimamente ligadas con ella, como sería el caso de la fabricación del calzado y el trabajo con fórmica, la instalación de alfombras, etc., lo que podría conllevar a otro tipo de problemas. Habría, además, que dar una solución al producto elaborado que se encuentra en existencia..."/"...Si se analiza la otra opción, encontramos que el ejercer un control estricto sobre la distribución, ofrece el beneficio de ser la vía más expedita, a corto plazo..."/"...Sin embargo, con tal solución no se elimina el problema sino que se atenúa; además, sus resultados no dependerán sólo de la existencia de normas que regulen esa actividad de distribución, sino de la efectividad con la que los órganos llamados a actuar, cumplan con sus funciones. No debería, además, pasarse por alto el hecho de que, el proceso como tal, por implicar la intervención de diversas en la cadena, está per se, afectado de un margen de error y que la necesidad de hacer más ágil su distribución, puede influir directamente en la inobservancia consciente de esas normas, con ,lo cual, se podría ensanchar el camino para que los pegamentos lleguen de alguna manera al sector que se busca proteger..."/"...Planteados así los hechos, pareciera que el problema podría llevarse a una mínima expresión, a través de un control estricto de la distribución del producto, en la medida que se cuente con una normativa adecuada y su implementación se lleve a efecto de una manera eficaz. Sin embargo, creemos que la solución ideal, sería la modificación de su producción, pese a todas las implicaciones que ello generaría; en cuyo caso, debería establecerse un tiempo prudencial, alertando previamente a la industria sobre todos los cambios a implementarse, con la finalidad de permitir los ajustes que tal cambio implicaría, lapso durante el cual regirá una normativa provisional, para ejercer un control sobre el producto elaborado y su distribución final..."/"...Cualquiera sea el control que se ejerza, bien a través de su producción o de su distribución, se tratab de una materia restringida, cuya competencia encuadra claramente en lo que constituye la razón de ser del Ministerio de Industria y Comercio, entidad en lo que corresponde a la planificación, reglamentación, dirección, regulación, vigilancia, protección y desarrollo de la producción industrial, así como del comercio interior..."/"...Distinto organismos, como el que represento, y otros, preocupados por la problemática objeto de tratamiento, pueden dar sugerencias y observaciones respecto de determinados aspectos, pero la creación de la normativa destinada a ejercer un control de la actividad realizada por los tipo de pegamento, según sea el caso, corresponde al Ejecutivo; pretender hacerlo nosotros, considero, sería invadir el campo de atribuciones del Poder Ejecutivo..."/"...En virtud de lo expuesto, considero necesario transmitir a usted, las inquietudes de los peticionantes, preocupaciones asumidas por esta Institución, y por ello, solicito formalmente de su Despacho, la consideración del Proyecto de Decreto Presidencial, que le remito, el cual es producto del trabajo realizado por los distintos organismos que suscriben el escrito objeto de estudio, respecto del cual acompañamos algunas consideraciones generales que el mismo merece al Ministerio Público..."/"...Sin más que agregar, reciba mis consideraciones de más alta estima y consideración.
  • Me permito remitirle la documentación que le envié al Dr. Rafael Caldera, en el Oficio antes mencionado, al igual que el Informe de la Comisión Técnica del Rotary Club de Caracas, titulado "Proyecto Niños Huelepega".

    Sin más a que hacer referencia, esperando que la referida documentación sea de gran utilidad para los objetivos que se ha trazado el Ejecutivo Nacional, en cuanto a la delicada materia de la infancia abandonada.

    Me despido de usted, reiterándole la disposición del Ministerio Público bajo mi dirección y responsabilidad, en la consideración de los fines comunes del Estado.

    Atentamente,

    Iván Darío Badell González
    Fiscal General de la República

    Volver arriba